Glosario AFORE:
30 términos que el IMSS no te explica
El sistema de pensiones mexicano tiene su propio idioma. SBC, UMA, SIEFORE, anualidad contingente, densidad de cotización... Aquí están los 30 términos que más aparecen en tu estado de cuenta, en la calculadora de CONSAR y en cualquier conversación seria sobre tu retiro — explicados en lenguaje humano.
Los términos están ordenados alfabéticamente. Cada entrada incluye la definición exacta, por qué importa para tu pensión y un ejemplo concreto cuando aplica.
Empresa privada autorizada por la CONSAR para administrar tu cuenta individual de retiro. Invierte las aportaciones obligatorias de patrón, trabajador y gobierno en los mercados financieros a través de las SIEFORES. En México operan actualmente 10 AFOREs: Azteca, Banamex, Coppel, XXI Banorte, Inbursa, Invercap, PensionISSSTE, Principal, Profuturo y SURA.
Depósitos adicionales que tú decides hacer a tu cuenta AFORE por encima de las aportaciones obligatorias. Son deducibles de ISR hasta el 10% de tu ingreso anual (máximo 5 UMAs anuales) y tienen el mismo rendimiento que el resto de tu saldo. Se pueden retirar en cualquier momento sin penalización, aunque hacerlo reduce el saldo proyectado al retiro.
El número de mensualidades actuarialmente ponderadas que el sistema espera pagarte, descontadas a valor presente con la tasa técnica de interés. En términos simples: el "divisor" que se aplica sobre tu saldo AFORE para calcular tu pensión mensual vitalicia. Se determina con las tablas de mortalidad EMSSA-RCS15 publicadas por la CNSF, ajustadas por edad y género al momento del retiro.
El dinero que va a tu AFORE cada quincena por ley, compuesto de tres fuentes: aportación del patrón (la más grande), aportación del trabajador (2% del SBC) y cuota social del gobierno (un monto fijo que favorece a salarios bajos). La reforma de 2020 incrementó progresivamente la aportación patronal de 5.15% a hasta 13.875% del SBC según rango salarial, implementada entre 2023 y 2030.
El cobro anual que hace tu AFORE por administrar tu cuenta, expresado como porcentaje del saldo total. La CONSAR publica y actualiza este dato para todas las AFOREs. Una diferencia de 0.2% en comisión puede representar cientos de miles de pesos menos en tu saldo al retiro por el efecto del interés compuesto en décadas.
El organismo gubernamental que regula y supervisa el sistema de AFOREs en México. Publica las metodologías de cálculo de pensiones, las comisiones autorizadas, los rendimientos históricos por AFORE, y opera la calculadora oficial de pensiones en su sitio web (consar.gob.mx). Es la fuente de verdad regulatoria para todo lo relacionado con pensiones Ley 97.
El aporte del gobierno federal a tu cuenta AFORE, diseñado como mecanismo redistributivo que favorece a trabajadores de salarios bajos. Su monto es fijo por día cotizado (actualizado anualmente con INPC) y se aplica de forma decreciente según el nivel salarial. Trabajadores que ganan hasta 1.6 UMAs reciben la cuota social completa; por encima de ese umbral se reduce gradualmente hasta cero.
El porcentaje del tiempo que se asume que un trabajador cotiza activamente al IMSS entre hoy y su retiro. No todos los meses de vida laboral generan aportaciones — hay periodos de desempleo, trabajo informal, autoempleo o inactividad. La CONSAR usa 80% como densidad estándar en sus proyecciones oficiales; algunas AFOREs como Profuturo usan 87% en sus estimaciones comerciales.
Las tablas de mortalidad para el Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez publicadas por la CNSF (Comisión Nacional de Seguros y Fianzas) y utilizadas obligatoriamente para calcular rentas vitalicias en México. Determinan la probabilidad de que una persona de cierta edad y género siga viva en cada año futuro, y son el insumo principal para calcular la anualidad contingente (Ae) que convierte el saldo AFORE en pensión mensual.
Fondo creado en 2024 para complementar pensiones bajo Ley 97 hasta el último salario percibido, con un tope de $17,885.85/mes en 2026. Solo aplica a trabajadores que se jubilen a los 65 años o más bajo Ley 97, cuando el saldo de su AFORE no alcanza para generar esa pensión. El FPB cubre la diferencia. No aplica a Ley 73 ni a retiros anticipados.
El organismo gubernamental que administra la seguridad social para trabajadores del sector privado en México. Recauda las aportaciones, lleva el registro de semanas cotizadas, determina el derecho a pensión y, bajo Ley 73, paga la pensión mensual de por vida. Bajo Ley 97, el IMSS transfiere los fondos a las AFOREs y verifica los requisitos de pensión, pero el pago mensual lo hace la aseguradora que contrates.
Sistema de pensiones de reparto colectivo vigente antes del 1 de julio de 1997. La pensión se calcula como un porcentaje del SBC promedio de los últimos 5 años, escalado por el número de semanas cotizadas. Es vitalicia, la paga el IMSS directamente y se indexa al salario mínimo anualmente. Solo pueden elegirla quienes iniciaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Sistema de pensiones de cuentas individuales implementado a partir del 1 de julio de 1997. Cada trabajador acumula su propio fondo en una AFORE. Al retirarse, ese saldo se convierte en una renta vitalicia contratada con una aseguradora. La pensión depende del saldo acumulado, no de un porcentaje del salario garantizado. Es el sistema vigente para todos los trabajadores que iniciaron a cotizar desde esa fecha.
Esquema del Art. 218 RACERF que permite a trabajadores sin relación laboral activa continuar cotizando al IMSS de forma voluntaria, eligiendo el salario base (hasta 25 UMAs). Es principalmente útil bajo Ley 73 para mejorar el SBC promedio de los últimos 5 años y acumular semanas adicionales. El costo es 10.075% del salario elegido mensualmente.
Número de 11 dígitos asignado por el IMSS al momento de tu primera alta laboral. Es el identificador principal de tu historial de cotizaciones. Los dígitos 4 al 7 corresponden al año de alta — si son "9102" tu primera cotización fue en 1991, lo que significa que tienes derecho a elegir entre Ley 73 y Ley 97. El NSS nunca cambia, incluso si cambias de trabajo, de estado o de AFORE.
El monto mínimo que el Estado garantiza pagar mensualmente a trabajadores que cumplan los requisitos de semanas y edad, cuando el saldo de AFORE no alcanza para financiarlo. En 2026: $3,460/mes (actualizada con INPC post-reforma 2020). Aplica a ambos sistemas (Ley 73 y Ley 97). Para Ley 97, el gobierno aporta la diferencia entre lo que genera el saldo y la PMG. Para Ley 73, el IMSS la garantiza directamente.
El período entre 1997 y hoy en que coexisten trabajadores bajo Ley 73 y bajo Ley 97. Los trabajadores del período de transición (primera cotización antes del 1-jul-1997) pueden optar por cualquiera de los dos sistemas al jubilarse. Este período terminará naturalmente cuando todos los trabajadores activos hayan iniciado a cotizar bajo Ley 97.
La subcuenta de tu AFORE que financia tu pensión. Es la parte principal de tu saldo que se convierte en renta vitalicia (Ley 97) o que se te entrega como lump sum al elegir Ley 73. No confundir con la subcuenta de vivienda (INFONAVIT), que es independiente y tiene un destino distinto.
El rendimiento de tu AFORE después de descontar la inflación y la comisión de administración. Es la medida correcta para evaluar si tu AFORE realmente está haciendo crecer tu poder adquisitivo. El rendimiento nominal (sin descontar inflación) puede parecer alto en períodos de inflación elevada, pero el rendimiento real te dice cuánto más puedes comprar en el futuro con ese dinero.
El producto con el que se convierte tu saldo AFORE en pagos mensuales garantizados de por vida. Lo contrata una aseguradora autorizada con tu saldo al momento del retiro. El monto mensual se calcula dividiendo el saldo entre la anualidad contingente (Ae). Una vez contratada, es irrevocable — no puedes recuperar el capital. La ventaja es que pagas sin importar cuánto tiempo vivas.
El salario integrado que registra el IMSS como base para calcular tus aportaciones y tu pensión. No es exactamente tu salario mensual — incluye la parte proporcional de aguinaldo (15 días mínimo) y prima vacacional. Resultado: el SBC suele ser ligeramente mayor al salario diario base. Tiene un tope máximo de 25 UMAs mensuales (~$89,155 en 2026) — cualquier salario real por encima de ese límite se topa para efectos de cotización y pensión.
El contador acumulado de semanas en que has estado dado de alta en el IMSS con un patrón activo. Es uno de los dos determinantes principales de tu pensión bajo Ley 73 (el otro es el SBC promedio). Bajo Ley 97 impactan menos directamente — lo que importa es el saldo acumulado. Cada año de trabajo formal agrega ~52 semanas. Solo se cuentan semanas con cotización real — los periodos sin patrón no suman automáticamente.
Los fondos de inversión que administran tus aportaciones dentro de la AFORE. Antes de 2020 existían múltiples SIEFOREs por AFORE organizadas por edad (SIEFORE Básica 1, 2, 3, 4). Desde 2020 se migraron a un modelo de SIEFORE Generacional: un fondo por generación de nacimiento (cada 5 años), que automáticamente va reduciendo el riesgo de inversión conforme te acercas al retiro. Tú no eliges el SIEFORE — tu AFORE te asigna el que corresponde a tu año de nacimiento.
El porcentaje del último salario que representa tu pensión. Si ganabas $30,000/mes y tu pensión es $12,000/mes, tu tasa de reemplazo es 40%. Es la métrica internacional estándar para evaluar si un sistema de pensiones es suficiente. La OCDE recomienda como mínimo una tasa de reemplazo del 60–70% para mantener el nivel de vida. El sistema mexicano Ley 97 genera tasas de reemplazo de 20–50% para la mayoría de los trabajadores, muy por debajo del estándar.
Unidad de cuenta actualizada anualmente por el INEGI con base en la inflación, usada como referencia para múltiples cálculos legales y fiscales. Reemplazó al salario mínimo como unidad de referencia para evitar que los incrementos al salario mínimo afectaran automáticamente obligaciones legales. En 2026: $117.31 diarios, $3,572.27 mensuales, $43,047.12 anuales. El tope de cotización IMSS es 25 UMAs diarias.
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