La respuesta corta

Hay dos regímenes de pensión en México, y cada uno pide un número de semanas distinto. Una semana cotizada es cada semana en que tú o un patrón pagaron tus cuotas al IMSS. El umbral mínimo para tener derecho a una pensión depende de bajo qué ley caes:

500
semanas si eres Ley 73 (cotizaste antes del 1-jul-1997). No cambia.
875
semanas si eres Ley 97 y te pensionas en 2026.
1,000
semanas si eres Ley 97 y te pensionas en 2031 o después.

Si no sabes a qué régimen perteneces, la regla es simple: lo define la fecha de tu primera cotización al IMSS, no la última. Lo explicamos a fondo en Ley 97 vs Ley 73, pero para efectos de semanas, esto es lo único que importa.

Por qué Ley 73 pide la mitad que Ley 97

No es un error ni un trato preferente arbitrario. Son dos sistemas de pensión con lógicas distintas:

  Ley 73 Ley 97
¿Quién cae aquí? Primera cotización antes del 1-jul-1997 Primera cotización el 1-jul-1997 o después
Semanas mínimas 500 (fijo) 875 en 2026, sube a 1,000 en 2031
¿De dónde sale la pensión? La paga el Gobierno con base en tu salario promedio De tu saldo ahorrado en la AFORE
Edad para pensionarte 60 (cesantía) o 65 (vejez) 60 (cesantía) o 65 (vejez)

Como la pensión de Ley 73 la financia el Estado con base en tu salario de los últimos 5 años, el requisito de semanas se quedó en las 500 originales (unos 9 años y 7 meses de cotización). Ley 97, en cambio, se construyó sobre tu ahorro individual, y la reforma de 2020 subió la valla de semanas a cambio de bajar la edad efectiva de retiro y crear una pensión garantizada más generosa.

El dato que más confunde

Las 500 o 875 semanas son el mínimo para tener derecho a una pensión — no lo que te conviene. Más semanas (y mejor salario) significan más pensión. Llegar al mínimo justo te da la pensión más baja posible, no la mejor.

La tabla año por año (reforma 2020)

Antes de la reforma publicada en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2020, la Ley 97 exigía 1,250 semanas — un muro que dejaba fuera a millones. La reforma bajó el requisito a 750 en 2021 y lo sube 25 semanas cada año hasta volver a 1,000 en 2031:

Año en que te pensionas Semanas requeridas (Ley 97) Equivale a…
2024825~15.8 años
2025850~16.3 años
2026875~16.8 años
2027900~17.3 años
2028925~17.8 años
2029950~18.3 años
2030975~18.8 años
2031 en adelante1,000~19.2 años

El número que te aplica es el del año en que solicitas tu pensión, no el de hoy. Si planeas pensionarte en 2029, tu meta son 950 semanas, no 875. Por eso conviene calcular con tiempo: cada año que pospones el retiro, la valla sube 25 semanas.

Qué pasa si no llegas a las semanas

Aquí es donde la diferencia entre regímenes pega más fuerte. Si cumples 60 años o más y no reúnes las semanas mínimas:

  • Bajo Ley 97, el IMSS emite una negativa de pensión. Puedes retirar en una sola exhibición el saldo de tu AFORE, pero pierdes el derecho a una pensión vitalicia y a la pensión garantizada del Estado.
  • Bajo Ley 73, sin las 500 semanas tampoco hay pensión; recuperas el saldo de tu AFORE (Retiro 97) y, en su caso, el SAR 92.

La buena noticia: casi siempre se puede evitar. Tienes tres caminos para sumar las semanas que te falten antes de cumplir la edad:

Cómo sumar las semanas que te faltan
1. Seguir cotizando con un patrón — cada año de empleo formal = ~52 semanas.

2. Modalidad 40 — cotización voluntaria al IMSS. Sumas semanas y puedes subir tu salario base.

3. Continuación voluntaria — modalidad 10, para quien acaba de salir del empleo formal.

Regla práctica: necesitas saber cuántas semanas llevas hoy antes de decidir.

La Modalidad 40 es la palanca más potente si eres Ley 73, porque además de semanas te deja elevar el salario promedio que el IMSS usará para calcular tu pensión. Si eres Ley 97, lo más eficiente suele ser seguir cotizando o hacer aportaciones voluntarias a tu AFORE.

No confundas semanas con saldo

Tener muchas semanas no garantiza una buena pensión, y tener buen saldo no sirve si no llegas a las semanas. Son dos requisitos independientes que debes cumplir a la vez: el de semanas (derecho) y el de monto (cuánto cobras). Por eso vale la pena verlos juntos en una sola simulación.

Cómo saber cuántas semanas llevas hoy

Antes de hacer cualquier plan, necesitas tu número real. El IMSS te lo da gratis en línea con tu NSS y CURP en unos minutos — y conviene revisarlo, porque es común que falten semanas por errores patronales o periodos no registrados. El paso a paso (y qué hacer si los números no cuadran) está en nuestra guía: cómo consultar tus semanas cotizadas del IMSS.

Una vez que tengas tu número, lo único que falta es traducirlo a pesos: ¿esas semanas, con tu salario y tu saldo, en cuánta pensión se convierten? Eso es justo lo que calcula Fondo65 en cinco minutos, con la metodología oficial.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos años de trabajo son 500 semanas?
Aproximadamente 9 años y 7 meses de cotización continua. 875 semanas son poco más de 16 años y medio, y 1,000 semanas equivalen a unos 19 años. No tienen que ser corridos: se acumulan a lo largo de toda tu vida laboral.
¿El requisito de semanas que me aplica es el de hoy o el del año en que me jubile?
El del año en que solicitas tu pensión. Si te pensionas en 2026 son 875 semanas; si lo haces en 2030 serán 975. Por eso conviene proyectar con anticipación: posponer el retiro sube la meta 25 semanas por año hasta 2031.
¿Las semanas cotizadas caducan si dejo de trabajar?
Las semanas no se borran, pero hay reglas de conservación de derechos. Al dejar de cotizar conservas tus derechos por una fracción del tiempo cotizado (una cuarta parte). Si ese plazo vence, los reactivas cotizando al menos 52 semanas nuevas, y tus semanas previas se reconocen de nuevo.
¿La Modalidad 40 me sirve para sumar semanas si soy Ley 97?
Sí suma semanas, pero su gran ventaja —subir el salario promedio de los últimos 5 años— solo impacta fuerte en Ley 73. Si eres Ley 97, tu pensión depende del saldo AFORE, así que seguir cotizando o hacer aportaciones voluntarias suele rendir más por peso invertido.
¿Puedo comprar semanas cotizadas?
No existe la "compra" directa de semanas. Lo más parecido es la Modalidad 40 o la continuación voluntaria: pagas cuotas al IMSS y a cambio acumulas semanas reales. No hay atajos legales fuera de cotizar.
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